20 días hábiles
Se empieza a contar el día siguiente a la fecha de efectos o de notificación. No se cuentan sábados, domingos ni festivos.
Calcula de forma orientativa el último día para presentar la papeleta de conciliación contra un despido, una sanción o una modificación sustancial de condiciones. Son 20 días hábiles y, si se pasan, la acción caduca.
Base legal: art. 59.3 y 59.4 del Estatuto de los Trabajadores y arts. 103, 114 y 138 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social (LRJS). El cálculo se hace en tu navegador: no se envía ni guarda ningún dato.
Verás el último día orientativo para presentar la papeleta, los días que quedan y el calendario del cómputo.
Se empieza a contar el día siguiente a la fecha de efectos o de notificación. No se cuentan sábados, domingos ni festivos.
Se descuentan los festivos nacionales y autonómicos de 2026 y 2027 y los locales de Castelló de la Plana de 2026 (9 de marzo y 29 de junio).
Para el despido y la modificación sustancial, los días de agosto son hábiles (art. 43.4 LRJS). En sanciones la regla es distinta, pero la calculadora cuenta agosto igualmente para darte siempre la fecha más prudente.
Presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC o la solicitud de mediación ante el Tribunal de Arbitraje Laboral (art. 65 LRJS). El cómputo se reanuda al día siguiente del acto o, como máximo, a los 15 días hábiles de la presentación sin que se haya celebrado.
Negociar con la empresa, enviar escritos o burofaxes, o acudir a una mediación privada. Si estás en mediación con nosotros y hay un plazo corriendo, te orientaremos para presentar también la papeleta a tiempo.
Llámanos o escríbenos. La primera consulta es gratuita y revisamos tu plazo desde el primer momento.