Soluciones para prevenir, gestionar y resolver conflictos laborales: desde la mediación individual hasta los protocolos de empresa.
Servicio 01
Mediación laboral individual
Intervenimos en conflictos entre una persona trabajadora y la empresa cuando las partes no han logrado entenderse directamente.
La mediación permite buscar una solución antes de llegar a la vía judicial, ahorrando tiempo y costes y preservando, en la medida de lo posible, la relación laboral.
Modificaciones sustanciales
Traslados y movilidad
Reclamaciones salariales
Sanciones disciplinarias
Extinciones del contrato
Conflictos de convivencia y acoso
Plazos: la mediación privada no sustituye a la conciliación previa ante el SMAC o el TAL (art. 63 LRJS) ni suspende los plazos de caducidad, como los 20 días hábiles del despido. Te orientamos para que no se pierda ningún plazo.
¿Por qué la mediación?
Agilidad
Resolución en semanas, frente a los plazos habituales de los juzgados.
Menor coste
Evita gastos de procedimiento y el desgaste de un litigio.
Confidencialidad
Lo tratado queda protegido por el deber de secreto.
Acuerdo propio
Son las partes quienes diseñan la solución, no un tercero.
Materias habituales
Interpretación y aplicación del convenio colectivo
Negociación de convenios de empresa
Huelgas y conflictos abiertos
Modificaciones sustanciales de carácter colectivo (art. 41 ET)
Inaplicación del convenio (art. 82.3 ET)
Periodos de consultas en ERTE y despidos colectivos (arts. 47 y 51 ET)
ET arts. 41, 47, 51, 82.3 y 91 · LOLS
Servicio 02
Mediación laboral colectiva
Los conflictos colectivos afectan a un grupo de personas trabajadoras o a toda la plantilla, y requieren un conocimiento profundo de la negociación colectiva y de la normativa sindical.
Intervenimos entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras para alcanzar acuerdos sostenibles y beneficiosos para ambas partes.
Más servicios
Prevenir también es resolver
Arbitraje laboral
Cuando las partes lo acuerdan, un árbitro imparcial escucha a ambas y dicta un laudo de obligado cumplimiento. En conflictos colectivos, el laudo tiene la misma eficacia que lo pactado en convenio colectivo (art. 91 ET). Es una vía más ágil que el proceso judicial.
Laudo de obligado cumplimiento
Protocolos de empresa
Diseñamos protocolos de gestión de conflictos, desconexión digital, prevención del acoso y canal interno de información, adaptados al convenio y a la realidad de cada empresa. Previenen conflictos y reducen la litigiosidad.
Tu conflicto lo gestiona un mediador con formación universitaria específica, inscrito en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia, mediador del TAL desde 2018 y con formación continua acreditada cada año.
Identificamos las señales de conflicto antes de que estallen: entrevistas, análisis de documentación y un informe con recomendaciones concretas para mejorar el clima laboral y la gestión interna de las disputas.
Prevención · Clima laboral
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