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La Asociación

Quiénes somos y para qué existimos

ASMECAS nació para promover la cultura del acuerdo en el ámbito laboral y empresarial de la provincia de Castellón, integrando mediadores acreditados y profesionales especializados en Derecho del Trabajo.

Sala de reuniones de la sede de ASMECAS
Nuestra historia

Una asociación al servicio del diálogo

ASMECAS surgió de la convicción de que los conflictos laborales tienen solución cuando existe voluntad de diálogo y un proceso bien conducido. Desde nuestra fundación trabajamos para acercar la mediación a empresas y personas trabajadoras de la Comunitat Valenciana.

Contamos con mediadores acreditados, con formación especializada y experiencia real en conflictos laborales de todo tipo: desde reclamaciones individuales hasta negociaciones colectivas.

Nuestra sede está en Castellón de la Plana y nuestra actividad se extiende a toda la Comunitat Valenciana, con especial implantación en la provincia de Castellón.

«El acuerdo alcanzado por las partes tiene más valor y permanencia que cualquier resolución impuesta desde fuera.»

Principio de la mediación integrativa
  • Mediadores acreditados

    Experiencia en mediación laboral (TAL, SERCLA) y en mediación civil y mercantil (Ley 5/2012).

  • Delegación en Castellón

    C/ Río Villahermosa, 7 Bis, Entresuelo 2 · 12005 Castellón de la Plana.

  • Ámbito de actuación

    Toda la Comunitat Valenciana, de forma presencial o por videoconferencia.

Identidad

Misión, visión y valores

Misión

Facilitar la resolución pacífica y eficaz de conflictos laborales en la Comunitat Valenciana, promoviendo la cultura del diálogo y el acuerdo entre empresas y personas trabajadoras.

Visión

Ser una referencia en mediación laboral en Castellón, contribuyendo a unas relaciones laborales más dialogantes y a una gestión del conflicto más eficiente.

Valores

Imparcialidad, confidencialidad, voluntariedad, agilidad, rigor jurídico y compromiso con la formación continua de nuestros mediadores.

01

Imparcialidad

El mediador facilita el diálogo desde una posición neutral, garantizando que ambas partes sean escuchadas en igualdad de condiciones.

02

Confidencialidad

Lo tratado en mediación queda protegido por el deber de secreto del mediador y de las partes.

03

Voluntariedad

La participación es libre: cualquiera de las partes puede iniciar o abandonar el proceso cuando lo considere oportuno.

04

Agilidad

Una mediación bien conducida puede resolver el conflicto en semanas, frente a los plazos habituales de la vía judicial.

05

Rigor jurídico

Los acuerdos se redactan respetando la normativa laboral y los derechos irrenunciables de las personas trabajadoras.

06

Formación continua

Nuestros mediadores mantienen una formación continua acreditada que supera ampliamente el mínimo legal.

Equipo

Quién está detrás de ASMECAS

Elías López Ojeda

Elías López Ojeda

Presidente · Delegado en Castellón

Graduado Social Colegiado núm. 519, mediador acreditado (mediador núm. 001 de ASMECAS) y asesor fiscal, con más de 12 años de experiencia en mediación laboral individual y colectiva. Mediador del Tribunal de Arbitraje Laboral de la Comunitat Valenciana desde 2018 e inscrito en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Dirige GA Estatut Asesores, despacho de asesoría laboral, fiscal y de Seguridad Social en Castellón.

Graduado SocialMediador acreditadoAsesor fiscalMediador del TAL

Red de mediadores

Delegación de Castellón

La delegación integra mediadores acreditados especializados en Derecho del Trabajo, recursos humanos y gestión de conflictos en la empresa y en las relaciones colectivas de trabajo, que actúan con protocolos y criterios de calidad comunes.

Mediación individualMediación colectivaArbitrajeProtocolos
Marco jurídico

Trabajamos con rigor jurídico

Nuestra actividad se desarrolla dentro del sistema de solución de conflictos laborales y respetando la normativa aplicable en cada caso.

ART. 63 LRJS

Conciliación o mediación previa

Requisito previo a la demanda ante el SMAC o los órganos de solución extrajudicial (TAL).

ART. 68 LRJS

Fuerza ejecutiva

Lo acordado ante esos órganos se lleva a efecto sin necesidad de ratificación judicial.

ART. 91 ET

Conflictos colectivos

Los acuerdos en mediación pueden tener la eficacia de lo pactado en convenio colectivo.

LEY 5/2012

Mediación civil y mercantil

Norma de referencia en esos ámbitos; excluye expresamente la mediación laboral (art. 2.2.b).

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