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Asesoría laboral en Castellón
Nóminas, contratos, altas y bajas en la Seguridad Social y representación ante la Administración, llevadas por Graduados Sociales colegiados. Usted se dedica a su negocio; nosotros, a que su plantilla esté siempre en regla.
Qué incluye nuestro servicio laboral
Nóminas y seguros sociales
Elaboración mensual de nóminas, cotizaciones a la Seguridad Social y documentación de cada pago, con aviso previo de los plazos que le afectan.
Contratos y comunicaciones
Redacción y comunicación de contratos, altas, bajas y variaciones de datos ante la Seguridad Social y el SEPE, como agentes autorizados del sistema RED.
Despidos, finiquitos y reclamaciones
Revisión de cartas de despido y finiquitos, cálculo de indemnizaciones, conciliación previa y representación técnica en el procedimiento laboral.
Convenios colectivos
Identificamos el convenio aplicable, categorías y tablas salariales, y comprobamos que las nóminas y la jornada se ajustan a él.
Registro de jornada y calendario laboral
Le ayudamos a cumplir con el registro horario, el calendario laboral y la documentación que puede pedir la Inspección de Trabajo.
Bajas, accidentes y prestaciones
Tramitación y seguimiento de incapacidad temporal, accidentes de trabajo y prestaciones ante la Seguridad Social y las mutuas.
A quién ayudamos
Cómo trabajamos
- Primera consultaRevisamos su situación laboral actual: plantilla, contratos, convenio y obligaciones pendientes.
- Presupuesto cerradoLe indicamos por escrito qué incluye el servicio y su coste, sin sorpresas.
- Gestión continuadaNos encargamos de las nóminas y trámites y le avisamos de cada plazo relevante.
- Atención directaUn interlocutor conocido, por teléfono, WhatsApp, correo o en nuestro despacho.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo hay para impugnar un despido?
Con carácter general, 20 días hábiles desde el día siguiente a aquel en que surte efectos el despido (art. 59.3 del Estatuto de los Trabajadores y art. 103 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). No cuentan sábados, domingos ni festivos, y la presentación de la papeleta de conciliación suspende el plazo. Es un plazo de caducidad, por lo que conviene consultar cuanto antes.
¿Es obligatorio llevar un registro de jornada?
Sí. El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a garantizar el registro diario de jornada, que debe conservarse durante cuatro años a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo.
¿Qué necesito para dar de alta a un trabajador?
Los datos de la empresa, el DNI o NIE y el número de afiliación a la Seguridad Social de la persona contratada, el tipo de contrato, la categoría, la jornada, el salario y el convenio aplicable. El alta debe comunicarse con carácter previo al inicio de la prestación de servicios, por lo que conviene avisarnos con antelación.
¿Se encargan también de las nóminas de empleadas de hogar?
Sí. Gestionamos el alta, la cotización y las nóminas del personal del hogar familiar.
¿Pueden revisar un finiquito o una carta de despido antes de firmar?
Sí. Lo ideal es que nos lo enseñe antes de firmar. Revisamos los conceptos, el cálculo y los plazos, y le explicamos sus opciones. Cada caso depende del convenio, del contrato y de las circunstancias, por lo que el resultado no puede garantizarse de antemano.
La información de esta página es de carácter general y orientativo, y no sustituye al asesoramiento sobre su caso concreto. La normativa cambia con frecuencia; le confirmaremos en su consulta lo que esté vigente en cada momento.
¿Hablamos de su caso?
La primera consulta nos sirve para conocer su situación y explicarle cómo podemos ayudarle. Puede venir a nuestro despacho de la calle Río Villahermosa, 7 B (Castellón de la Plana) o hacerla por videollamada.